POSESIÓN DE CARTUCHOS PARA ARMAS DE FUEGO DE USO EXCLUSIVO DEL EJÉRCITO, ARMADA Y FUERZA AÉREA NACIONALES. NO SE TIPIFICA ESTE DELITO, SI SON PORTADOS POR PERSONA AUTORIZADA POR LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y EL REGLAMENTO DE DICHO ORDENAMIENTO.
De la interpretación sistemática de los artículos, 10 Bis, 11, 50, 77, fracción IV, y 83 Quat de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se desprende que los miembros de las fuerzas armadas del país, en los términos del Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos; así como las personas pertenecientes a las dependencias amparadas por licencia especial colectiva; o aquellos servidores públicos de la Federación o personas especialmente autorizadas por la Secretaría de Gobernación, en los propios términos de la mencionada legislación, sí están legalmente posibilitados para la portación y posesión de cartuchos, precisamente en razón de un cargo, comisión o funciones. Así, para la integración del delito, no basta con la simple conducta de portar o poseer cartuchos para un arma de fuego y que éstos excedan de las cantidades señaladas en el referido artículo 50, de la ley especial, sino que se requiere de la materialización de esa producción del consecuente estado de peligro para el bien jurídico, en este caso, la sociedad en su seguridad y tranquilidad; sin embargo, esa tranquilidad o seguridad no puede estimarse afectada por el hecho de que los integrantes de las fuerzas armadas, o de las dependencias policiacas y funcionarios legalmente facultados para poder portar o poseer esos cartuchos, realicen ese comportamiento, ello desde luego derivado en estricta relación con el respectivo resguardo o licencia, pues de ser así, ningún sujeto podría portarlos, lo que se traduciría en el absurdo de que dichas instituciones no podrían cumplir con sus funciones que precisamente se justifican en beneficio de la colectividad.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/163989-eaf35c2f/posesion-de-cartuchos-para-armas-de-fuego-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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