Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. ES PROCEDENTE EL RECURSO DE QUEJA CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA QUE NO DA CURSO O NIEGA ADMITIR LA DEMANDA O SOLICITUD DE AQUÉL.

Clave: I.2o.C.48 C · Registro digital (IUS): 164081 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXII, Agosto de 2010; Pág. 2274

De la interpretación sistemática y conjunta de los artículos 257, 723, fracción I y 685 bis, todos del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, reformado este último numeral el tres de octubre de dos mil ocho, así como de la intención del legislador que motivó la supresión de las causales de divorcio, se tiene que en contra de la resolución del Juez de primera instancia que no da curso o niega admitir una demanda o solicitud de "divorcio sin expresión de causa", es procedente el recurso de queja, pues mediante tal medio de impugnación el tribunal de alzada estará en condiciones de revisar si efectivamente se actualiza la causa de ineptitud del escrito respectivo, o bien, si debe ordenarse su admisión, sin que resulte aplicable, en este caso, el contenido del citado artículo 685 bis, relativo a que: "Únicamente podrán recurrirse las resoluciones que recaigan en vía incidental respecto del o los convenios presentados; la que declare la disolución del vínculo matrimonial es inapelable."; pues corresponde a la regulación legal del recurso de apelación, no así al de queja, que está normado en los diversos 257 y 723, fracción I, del mismo código, y que es el aplicable en el supuesto indicado.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164081-299d2c1a/divorcio-sin-expresion-de-causa-es-procedente-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 262/2010. 14 de mayo de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Patiño Pereznegrón. Secretario: Mario Gerardo Avante Juárez. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 143/2011, de la que derivó la tesis jurisprudencial 1a./J. 137/2012 (10a.) de rubro: "DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. ES PROCEDENTE EL RECURSO DE QUEJA CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA QUE NO DA CURSO O NIEGA ADMITIR LA DEMANDA O SOLICITUD DE AQUÉL."

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis