Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. OPERA AUN ANTE LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO AL DEMANDADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

Clave: VIII.1o.(X Región) 1 C · Registro digital (IUS): 164836 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXI, Abril de 2010; Pág. 2711

De una integral y armónica interpretación de los artículos 850, fracción II y 851 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua se advierte que para la procedencia de la caducidad en primera instancia debe transcurrir el lapso de un año sin que ninguna de las partes agite el juicio, computándose el referido plazo a partir de la última notificación hecha a ellas, lo que permite estimar que aun ante la falta de emplazamiento al demandado opera dicha figura. Así se considera, toda vez que la notificación es el acto por el cual se hace saber a cualquiera de las partes una resolución emitida por el juzgador, mientras que el emplazamiento es el llamado judicial para que la parte demandada comparezca a juicio; de ahí que se concluya que el término "última notificación que se hubiere hecho a las partes", a que se refiere el citado artículo 851, debe entenderse como cualquiera que se realice, incluso, cuando sólo al actor se le notifique el primer acuerdo que recae a su demanda; máxime que este numeral no alude al emplazamiento como presupuesto para que opere la caducidad.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA DÉCIMA REGIÓN.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/164836-370efeb6/caducidad-de-la-instancia-opera-aun-ante-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1073/2009. Leonor María Picard Muñoz. 24 de febrero de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Santiago Gallardo Lerma. Secretario: Marco Aurelio Sánchez Guillén.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis