Corpus
Modo: Corpus Pro

EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS. EL TÉRMINO DE QUINCE DÍAS NATURALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 36, ÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DE DISCIPLINA RELATIVA PARA QUE EL MILITAR MANIFIESTE LO QUE A SU INTERÉS CONVENGA, DEBE CONTARSE A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE LE COMUNIQUE LA CONVOCATORIA AL CONSEJO DE HONOR DEL LUGAR EN QUE SE ENCUENTRE PRESTANDO SUS SERVICIOS.

Clave: IX.1o.20 A · Registro digital (IUS): 166663 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Agosto de 2009; Pág. 1605

No reporta utilidad alguna al quejoso el que se le hubiere otorgado el término de quince días naturales a que se refiere el artículo 36, último párrafo, de la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en respeto a la garantía de audiencia, cuando ya había sido juzgada su conducta por el Consejo de Honor y acordado solicitar su baja del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; mucho menos le sería de utilidad que el mencionado término empezara a contar a partir de la notificación del acuerdo emitido por el secretario de la Defensa Nacional por el cual determinó su baja, pues dicho término debe contarse a partir de la fecha en que se comunique al interesado la convocatoria al Consejo de Honor del lugar en que se encuentre prestando sus servicios como miembro del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en razón de que así podrá preparar su adecuada defensa y ofrecer y desahogar las pruebas que estime pertinentes; de tal manera que al levantarse el acta mediante la cual el Consejo de Honor juzgue la conducta del interesado, éste tenga la oportunidad no sólo de hablar por sí o por quien compareciere en su defensa, sino también de exhibir y desahogar las pruebas que lo ameriten.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/166663-0f4c429e/ejercito-y-fuerza-aerea-mexicanos-el-termino-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 175/2009. Raúl Romero Tovar. 18 de junio de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: José Luis Solórzano Zavala.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.