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REELECCIÓN DE LOS MAGISTRADOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE GUANAJUATO. NO ES UNA FACULTAD SOBERANA DEL CONGRESO LOCAL, PORQUE PARA RESOLVER LA PROPUESTA RELATIVA, ÉSTE QUEDA VINCULADO AL DICTAMEN EMITIDO POR LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA ENTIDAD.

Clave: XVI.1o.A.T.32 A · Registro digital (IUS): 166834 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Julio de 2009; Pág. 2060

De conformidad con los artículos 63, fracción XXI y 87 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, en relación con los numerales 55-L a 55-O de la Ley Orgánica del Poder Judicial local, el Poder Legislativo de la entidad tiene atribuciones para aprobar la propuesta de reelección de los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, siempre y cuando los aspirantes, de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión de Evaluación del Poder Judicial, hayan actuado en su primer periodo con estricto apego a los principios que rigen la función judicial. Por tanto, el referido dictamen vincula al Congreso del Estado, pues constituye la base objetiva para conocer la evaluación de las actividades realizadas por el Magistrado aspirante durante el desempeño de su encargo, a partir de la cual aquél debe resolver la propuesta relativa. Consecuentemente, la reelección de los citados Magistrados no es una facultad soberana del Congreso del Estado.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/166834-91b084b0/reeleccion-de-los-magistrados-del-supremo-tribunal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 333/2008. Congreso del Estado de Guanajuato. 6 de marzo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Ariel Alberto Rojas Caballero. Secretario: Jorge Eduardo Ramírez Téllez.

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