COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE LAS EMPRESAS DEDICADAS A LA FABRICACIÓN, PRODUCCIÓN, COMPRAVENTA, REPRESENTACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LUBRICANTES Y PRODUCTOS QUÍMICOS PARA MAQUINARIAS Y SUS TRABAJADORES. AL NO ESTAR COMPRENDIDAS DENTRO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICA CORRESPONDE A LAS JUNTAS LOCALES DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, SALVO QUE ESTÉ ACREDITADO QUE EN DICHAS ACTIVIDADES SE EMPLEA EL PETRÓLEO O EL GAS NATURAL COMO MATERIAS PRIMAS.
La rama de la industria petroquímica prevista en el artículo 123, apartado A, fracción XXXI, inciso a), punto 9, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe entenderse relacionada con las industrias que utilizan el petróleo o el gas natural como materias primas para la obtención de productos químicos, según bibliografía técnica especializada. Ahora bien, del artículo 527, fracción I, punto 9, de la Ley Federal del Trabajo se colige que se actualiza la competencia a favor de las autoridades federales cuando se trate de conflictos laborales relacionados con dicha industria. De lo anterior se concluye que la fabricación, producción, compraventa, representación y distribución de lubricantes y productos químicos para maquinarias, no están comprendidas en la rama industrial de la petroquímica y, por tanto, la competencia para conocer de las controversias laborales en donde sean demandadas empresas dedicadas a ello se surte a favor de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, salvo que esté acreditado que en dichas actividades empleen el petróleo o el gas natural como materias primas.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/167018-39f848d5/competencia-para-conocer-de-los-conflictos-laborales-suscitados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES SUSCITADOS ENTRE UNA EMPRESA QUE TIENE EN EL CAPÍTULO DE OBJETO SOCIAL DE SU ESCRITURA CONSTITUTIVA LA PROHIBICIÓN DE DESARROLL (IV.3o.T.286 L)
- COMPETENCIA LABORAL. LOS CONFLICTOS DE TRABAJO ENTRE LAS EMPRESAS DEDICADAS A ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INYECCIÓN DE FLUIDOS PARA PERFORACIÓN, ESPE (2a. LII/99)
- CONFLICTOS DE TRABAJO EN LA INDUSTRIA PETROLERA, COMPETENCIA DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE. (s/clave)
- GASOLINA, ESTACIONES EXPENDEDORAS DE. COMPETENCIA LABORAL LOCAL. (s/clave)
- GASOLINA, ESTACIONES EXPENDEDORAS DE. COMPETENCIA LABORAL LOCAL. (s/clave)
- GASOLINA, ESTACIONES EXPENDEDORAS DE. COMPETENCIA LABORAL LOCAL. (2a./J. 73/95)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis