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NOTIFICACIÓN PERSONAL EN MATERIA FISCAL. EN EL ACTA CIRCUNSTANCIADA RELATIVA DEBEN ASENTARSE LOS DATOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO OBJETO DE AQUÉLLA.

Clave: XIX.1o.A.C.39 A · Registro digital (IUS): 168090 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Enero de 2009; Pág. 2774

En las jurisprudencias 2a./J. 15/2001 y 2a./J. 40/2006, publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XIII, abril de 2001 y XXIII, abril de 2006, páginas 494 y 206, respectivamente, de rubros: "NOTIFICACIÓN FISCAL DE CARÁCTER PERSONAL. DEBE LEVANTARSE RAZÓN CIRCUNSTANCIADA DE LA DILIGENCIA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 137 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN)." y "NOTIFICACIÓN PERSONAL. EL ARTÍCULO 137 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL PREVER LAS FORMALIDADES PARA SU PRÁCTICA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA.", la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que si bien es cierto que el artículo 137 del Código Fiscal de la Federación no alude expresamente al levantamiento del acta circunstanciada donde se asienten los hechos respectivos de una diligencia de notificación personal, también lo es que ello deriva tácita y lógicamente del propio precepto; de esa manera, en el acta de notificación deberá hacerse constar quién es la persona que se busca y cuál es su domicilio; en su caso, por qué no pudo practicarse con el interesado, con quién se entendió la diligencia y se dejó el citatorio, así como el requerimiento de la persona a notificar y las razones por las cuales entendió la notificación con una persona distinta del destinatario. Acorde con esa conclusión, en el acta circunstanciada también deberán asentarse los datos del acto administrativo objeto de la notificación, lo que se colma si en el margen superior derecho de aquélla se asienta el número de identificación de dicho documento y dentro de la circunstanciación su contenido sustancial.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/168090-588fdcb4/notificacion-personal-en-materia-fiscal-en-el-acta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 89/2008. Subadministradora en suplencia por ausencia del Administrador Local Jurídico de Ciudad Victoria, Tamaulipas, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la Administración Local de Recaudación de Ciudad Victoria, Tamaulipas. 29 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Blanco Quihuis. Secretaria: María Inés Hernández Compeán.

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