PENSIÓN ALIMENTICIA RESPECTO DE HIJOS MAYORES QUE ESTUDIAN. SUPUESTOS PARA SU CANCELACIÓN.
Para que cese la obligación de los padres de otorgar pensión alimenticia a sus hijos mayores que estudian, corresponde a los primeros la carga de probar durante el procedimiento respectivo: 1. El desinterés del acreedor alimentario de proseguir diligentemente con sus estudios y, por tanto, su renuencia a integrarse a la sociedad como una persona independiente y responsable de sus actos a partir de que alcanzó la mayoría de edad, o 2. Que el otorgamiento de dicha pensión ponga en peligro la subsistencia de los progenitores o la de otros acreedores alimentarios menores de edad; lo anterior, toda vez que no puede ser interés del Estado mexicano tutelar, en detrimento del patrimonio del acreedor alimentario, el derecho de alimentos a favor de una persona que, de conformidad con la ley, puede disponer libremente tanto de su persona como de sus bienes, al alcanzar la mayoría de edad y no demuestre interés alguno en alcanzar su independencia económica a través de la responsable y diligente continuación de sus estudios.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/168296-a1b995a2/pension-alimenticia-respecto-de-hijos-mayores-que-estudian · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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