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JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL ADMINISTRADOR GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES TIENE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVERLO EN REPRESENTACIÓN DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y DEL ENTONCES PRESIDENTE DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL VEINTIDÓS DE MARZO DEL DOS MIL UNO).

Clave: I.1o.A.157 A · Registro digital (IUS): 169085 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Agosto de 2008; Pág. 1115

De conformidad con los artículos 31, fracción XIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 7, fracción III, y 14, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, al secretario de Hacienda y Crédito Público y al presidente del Servicio de Administración Tributaria les asiste la facultad de defender los intereses de la Federación en las controversias fiscales y esta atribución comprende la promoción del juicio de lesividad, porque se trata de la institución donde se dilucida la pretensión de anular resoluciones que benefician al particular en detrimento del fisco federal. Por tanto, si el artículo 17, apartado A, fracción LVIII, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintidós de marzo del dos mil uno, prevé que el administrador general de grandes contribuyentes tiene la atribución de ejercer las acciones que correspondan al secretario de Hacienda y Crédito Público y al presidente del Servicio de Administración Tributaria ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, es incuestionable que es legalmente competente para promover el juicio de lesividad en representación de dichos servidores públicos porque se trata del ejercicio de una acción en defensa del interés fiscal federal ante el citado órgano jurisdiccional.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/169085-c6faef5b/juicio-contencioso-administrativo-el-administrador-general-de-grandes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 70/2007. Ford Motor Company, S.A. de C.V. 8 de junio de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Ronzon Sevilla. Secretario: Rodrigo Mauricio Zerón de Quevedo.

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