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AGENTE ADUANAL. SU RESPONSABILIDAD SOLIDARIA NO SE LIMITA A LA CONCLUSIÓN DEL DESPACHO ADUANERO, SINO QUE ESTÁ SUJETA AL ALCANCE DE SU ACTUACIÓN.

Clave: XIX.1o.A.C.35 A · Registro digital (IUS): 169978 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Abril de 2008; Pág. 2287

De los artículos 35, 53, fracción II y 54, fracción I, de la Ley Aduanera, se advierte que el agente aduanal tiene responsabilidad solidaria en el pago de impuestos al comercio exterior y demás contribuciones que se causen con motivo de las importaciones o exportaciones en cuyo despacho aduanero intervengan personalmente o por conducto de sus empleados, en alguno de los supuestos siguientes: a) cuando carecen de veracidad o exactitud los datos proporcionados; b) en caso de que no sea correcta la determinación del régimen aduanero o la clasificación arancelaria; y, c) cuando se incumplen las demás obligaciones en materia de regulaciones y restricciones, siempre que le sean imputables. Ahora bien, dicha responsabilidad no se limita a la conclusión del despacho aduanero, sino que está sujeta al alcance de la actuación del agente aduanal, la que puede tener efectos o repercusiones aun después de concluido aquél, por estar vinculada con las obligaciones que le corresponden con motivo del trámite aduanero, como en el caso en que, mediante el ejercicio de las facultades de comprobación en términos del artículo 43 de la citada ley, se determine alguna omisión, inexactitud o falsedad en los datos proporcionados.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/169978-706c703d/agente-aduanal-su-responsabilidad-solidaria-no-se-limita · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 139/2007. Administrador Local Jurídico de esta ciudad, unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del Secretario de Hacienda y Crédito Público, Jefe del Servicio de Administración Tributaria y Administración Local Jurídica de Matamoros, Tamaulipas. 13 de febrero de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Loreto Martínez. Secretaria: Leticia Razo Osejo.

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