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IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN. LAS TARIFAS ARANCELARIAS CONTENIDAS EN LA LEY RELATIVA, RELACIONADAS CON LA CARNE DE BOVINO, NO TRANSGREDEN EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.

Clave: 2a. IV/2008 · Registro digital (IUS): 170506 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Enero de 2008; Pág. 578

Las tarifas arancelarias mencionadas, no transgreden el principio de equidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que la justificación de que se fijen distintas tarifas dependiendo del tipo de carne -ovina, caprina, caballar, asnar o mular-, en relación con la de bovino, obedece a la calidad en cuanto al gusto y demanda del consumidor, y al tipo de alimentación que deben ingerir esas especies antes de ser sacrificadas, para así lograr una mejor calidad y sabor. Además, la diferencia de aranceles por importar carne de bovino fresca o refrigerada, respecto de la congelada, se basa en el proceso lógico de descomposición y en el hecho de que en ciertos supuestos, como el que se refiere a la carne bovina, su almacenamiento y transporte requieren cuidados específicos, atendiendo a la facilidad de movilización inmediatamente después de que se sacrifica al ganado, en comparación con la preparación previa, en caso de importarse congelada. En efecto, la carne congelada exige cuidados y empaquetamiento especiales, cuyo gasto generado, con las consecuentes ganancias al momento de su venta, obliga al importador a cubrir un costo más elevado, en virtud de que la calidad de un producto congelado se mide en razón de la velocidad con la que se logra ese estado físico.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/170506-b67858d8/impuestos-generales-de-importacion-y-de-exportacion-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 768/2007. Congelados la Viga, S.A. de C.V. 21 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Claudia Mendoza Polanco.

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