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Modo: Corpus Pro

SUCESIÓN DE DERECHOS AGRARIOS. PARA QUE UN HEREDERO QUE SE HIZO INCAPAZ POR HABER ACUSADO AL AUTOR DE LA SUCESIÓN DE COMETER UN DELITO QUE MEREZCA PENA CAPITAL O DE PRISIÓN PUEDA RECOBRAR ESA CALIDAD, ES NECESARIO QUE SE LE HAYA OTORGADO EL PERDÓN MEDIANTE LA REVALIDACIÓN DE SU DESIGNACIÓN CON LAS MISMAS FORMALIDADES DE LA ANTERIOR.

Clave: I.7o.A.514 A · Registro digital (IUS): 172306 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Mayo de 2007; Pág. 2225

El artículo 1316, fracción II, del Código Civil Federal, de aplicación supletoria a la Ley Agraria, en términos del artículo 2o. de este último ordenamiento, prevé la incapacidad para heredar por testamento o por intestado, al que haya hecho contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, acusación de delito que merezca pena capital o de prisión, aun cuando aquélla sea fundada, si fuere su descendiente, su ascendiente, su cónyuge o su hermano, a no ser que ese acto haya sido necesario para que el acusador salvara su vida, su honra o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuge. Por otro lado, el diverso artículo 1319 del citado código dispone que la capacidad para suceder por testamento, sólo se recobra si después de conocido el agravio, el ofendido instituye heredero al ofensor o revalida su institución anterior con las mismas solemnidades que se exigen para testar. En ese contexto, si en vida del titular de los derechos agrarios que han de transmitirse a su muerte, es acusado por su heredero de cometer un delito que merezca pena capital o prisión, para que subsista tal designación y, por tanto, tenga validez, es necesario que a aquél se le revalide su designación como sucesor con las mismas formalidades que observó al realizar tal designación, ya que, en caso contrario, no podrá heredar por no ser expreso el perdón del ofendido.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/172306-0ebf9ca2/sucesion-de-derechos-agrarios-para-que-un-heredero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 56/2007. Aureliano Hernández Rangel. 14 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: José Arturo González Vite.

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