Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

LITIS EN EL JUICIO DE NULIDAD. LAS SALAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA NO ESTÁN FACULTADAS PARA DILUCIDAR CUESTIONES INTRODUCIDAS EN LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA QUE NO FUERON PLANTEADAS POR EL ACTOR (LEGISLACIÓN VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2005).

Clave: III.4o.A.6 A · Registro digital (IUS): 172989 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Marzo de 2007; Pág. 1711

Conforme al artículo 237 del Código Fiscal de la Federación, vigente hasta el 31 de diciembre de 2005, las sentencias del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa resolverán sobre la pretensión del actor que se deduzca de su demanda, en relación con la resolución impugnada. De lo que se infiere que si la demandada en su contestación, pretendiendo justificar el acto impugnado, introdujo una cuestión que el actor en el juicio de nulidad no expresó en su demanda mediante el concepto de anulación que orientara su intención de hacer valer determinada defensa, la Sala no está facultada para analizar tal planteamiento, menos aún en su perjuicio, decretando la nulidad de tal acto, pues ello traería como consecuencia que se variara la litis efectivamente planteada en el escrito de demanda y se transgrediera el principio de congruencia a que se refiere la norma de mérito.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/172989-fa3f7b79/litis-en-el-juicio-de-nulidad-las-salas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 20/2006. Administrador Local Jurídico de Zapopan, en representación del Secretario de Hacienda y Crédito Público, del Jefe del Servicio de Administración Tributaria y de la autoridad demandada. 3 de noviembre de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: Abel Ascencio López.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis