Corpus
Modo: Corpus Pro

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 42 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL OBLIGAR AL GOBERNADO A PRESENTAR EL ESCRITO INICIAL DE IMPUGNACIÓN EN LA OFICINA DE LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA COMPETENTE, VIOLA EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

Clave: 1a. CLXXXVI/2006 · Registro digital (IUS): 173709 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Diciembre de 2006; Pág. 181

La garantía de acceso a la justicia contenida en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos implica, entre otros aspectos, el derecho a la tutela jurisdiccional del cual deriva la facultad de los gobernados para acceder de manera expedita -esto es, sin obstáculos- a tribunales independientes e imparciales para plantear una pretensión o defenderse de ella, con el fin de que a través de un proceso en el que se respeten ciertas formalidades, se decida sobre la pretensión o la defensa y, en su caso, se ejecute esa resolución. De ahí que el respeto a dicha garantía se traduce también en que el legislador no establezca requisitos impeditivos u obstáculos innecesarios que dificulten o imposibiliten el ejercicio de tal derecho público subjetivo. En ese sentido, resulta inconcuso que el primer párrafo del artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, al obligar de manera general a los gobernados a presentar su escrito inicial de impugnación en la oficina de la autoridad administrativa competente, sin dar oportunidad a que lo presenten en una oficina de correos, viola la referida garantía constitucional, toda vez que se impone una traba innecesaria que dificulta a los gobernados acceder a un medio de defensa legal, obligando a los que se ubican en una entidad distinta a la de la autoridad administrativa competente, a trasladarse para presentar el escrito respectivo en la sede de dicha autoridad.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/173709-b9a3c794/procedimiento-administrativo-el-primer-parrafo-del-articulo-42 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1430/2006. Solidaridad para el Trabajo, Sociedad de Solidaridad Social. 13 de octubre de 2006. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Carmen Vergara López.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.