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Modo: Corpus Pro

PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO CIVIL. CONTRA EL ACUERDO QUE NIEGA SU ADMISIÓN PROCEDE EL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).

Clave: XX.1o.199 C · Registro digital (IUS): 174034 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Octubre de 2006; Pág. 1497

En contra del acuerdo dictado en el juicio natural por medio del cual se niega la admisión de pruebas por haberse cerrado el periodo de ofrecimiento, procede el recurso de apelación en términos del segundo párrafo del artículo 293 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas, en virtud de que tal pronunciamiento se equipara al de un desechamiento.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/174034-ffc17e13/pruebas-en-el-procedimiento-civil-contra-el-acuerdo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 278/2005. Eduardo Giovanni Coutiño Remy. 7 de abril de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: José Pérez Troncoso. Secretario: Julio Arturo Hernández Ruiz.

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