HIPOTECA. TIENE PRELACIÓN SOBRE LOS DERECHOS PERSONALES, INDEPENDIENTEMENTE DE SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD (LEGISLACIÓN CIVIL FEDERAL).
Conforme a los artículos 2919, 3007 y 3011 del Código Civil Federal, la hipoteca y los derechos reales en general, para que surtan efectos contra terceros necesitan siempre de registro y de lo contrario no producirán efectos. Sin embargo, para determinar quién es "tercero", para los efectos del registro, no debe atenderse al significado gramatical de la palabra, entendiendo como "tercero" a quien no figure como parte en el contrato respectivo, pues sólo el adquirente del dominio u otro derecho real inscrito, o sea, el que adquiere tal derecho basándose en una inscripción anterior y deriva su relación con alguna de las partes del derecho inmobiliario o real y no del contractual, puede considerarse como "tercero" y prevalerse de la falta de inscripción, ya que la institución del Registro Público de la Propiedad es en general ajena a los derechos de carácter personal, y lo que en la ley se establece a ese respecto, con relación a los conflictos de derechos que puedan suscitarse, se refiere a los derechos reales. Por tanto, tratándose de un conflicto de preferencia entre acreedores, es inexacto que un crédito hipotecario, que constituye un derecho real, no tenga prelación frente al acreedor personal o quirografario, por la sola circunstancia de que la escritura de hipoteca no fue inscrita, toda vez que para efectos registrales un acreedor de esa clase no tiene la calidad de "tercero", por no ser titular de un derecho real, y la inscripción tiene trascendencia únicamente cuando se está en presencia de un conflicto entre acreedores de igual derecho.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/180142-55d933cc/hipoteca-tiene-prelacion-sobre-los-derechos-personales-independientemente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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