COMPETENCIA. TRATÁNDOSE DE CONCURSO REAL DE DELITOS CONTINUOS O PERMANENTES E INSTANTÁNEOS, DEBE CONOCER EL JUEZ QUE RESOLVIÓ A PREVENCIÓN Y, POR ENDE, LA SALA PENAL BAJO CUYA JURISDICCIÓN SE ENCUENTRA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Atento a las reglas de competencia, tratándose de un concurso real de delitos, dos continuos de igual naturaleza (privación ilegal de la libertad agravada) cuyo inicial acto ejecutivo del segundo de ellos correspondió al instante mismo de captura de la ofendida en el Distrito Federal, continuando su consumación en el Estado de Michoacán, donde se cometieron dos instantáneos sobre la misma persona, homicidio y aborto, ambos calificados, es incuestionable que debe estarse a la regla especial de competencia para los delitos continuos prevista en el artículo 448 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, siendo el Juez competente para el conocimiento íntegro del suceso quien haya prevenido y, por ende, la Sala Penal bajo cuya jurisdicción se encuentra dicho juzgador, quien deberá pronunciarse respecto a todos los delitos, sin dividir la continencia de la causa.
DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/180689-07d5bcf3/competencia-tratandose-de-concurso-real-de-delitos-continuos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COMPETENCIA PLANTEADA ENTRE UN JUEZ DEL FUERO COMÚN Y OTRO DEL ORDEN FEDERAL, EN TRATÁNDOSE DE DELITOS COMETIDOS EN EL EXTRANJERO. SE SURTE EN FAVOR DE ÉSTE, AUNQUE AQUÉL NO HAYA D (3)
- COMPETENCIA PLANTEADA ENTRE UN JUEZ DEL FUERO COMÚN Y OTRO DEL ORDEN FEDERAL, EN TRATÁNDOSE DE DELITOS COMETIDOS EN EL EXTRANJERO. SE SURTE EN FAVOR DE ÉSTE, AUNQUE AQUÉL NO HAYA D (XVII.3o.6 P )
- COMPETENCIA. DELITOS DE DISTINTO FUERO, JUZGADOS POR UN SOLO TRIBUNAL.- (702)
- COMPETENCIA POR PREVENCION EN EL PROCEDIMIENTO. (s/clave)
- COMPETENCIA PLANTEADA ILEGALMENTE QUE DEBE DECLARARSE SIN MATERIA. (s/clave)
- CONFLICTO COMPETENCIAL EN RAZÓN DEL FUERO. PARA RESOLVERLO DEBE ATENDERSE A LOS HECHOS Y NO NECESARIAMENTE AL DELITO ESTIMADO EN EL AUTO DE FORMAL PRISIÓN. (I.2o.P.138 P )
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis