SENTENCIAS SOBRE RECTIFICACIÓN Y MODIFICACIÓN DE ACTAS DEL ESTADO CIVIL. SU REVISIÓN DE OFICIO SÓLO SE ACTUALIZA EN CASO DE PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN, PUES EN LAS QUE SE NIEGUE LA PRETENSIÓN DEDUCIDA POR EL ACTOR PROCEDE EL RECURSO DE APELACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS).
La interpretación sistemática de los artículos 688 y 1003 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chiapas, permite concluir que la revisión de oficio de las sentencias recaídas en los juicios sobre rectificación y modificación de actas del estado civil, sólo se actualiza en caso de procedencia de la acción, tal como lo dispone el primero de los preceptos citados, ya que respecto de aquellas en las que se niegue la pretensión deducida por el actor, procederá el recurso de apelación acorde con lo que exige el segundo de los artículos invocados. En el primero de los supuestos, la materia de la revisión se constriñe únicamente a que la Sala determine la legalidad de las pretensiones concedidas por el Juez de origen, sin pronunciarse respecto de aquellas que fueron negadas, dado que en este caso, es necesario que la parte afectada presente su apelación para que el tribunal de alzada, ante quien se haga valer el recurso, esté en condiciones de pronunciarse sobre la parte del fallo que fue desfavorable a los intereses del promovente lo que, además, se corrobora con el contenido del precepto 664 de la misma codificación, el cual dispone que: "Pueden apelar: el litigante si creyere haber recibido algún agravio, los terceros que hayan salido al juicio y los demás interesados a quienes perjudique la resolución judicial.". En ese contexto, si en una sentencia recaída en un juicio sobre rectificación y modificación de actas del estado civil, se declara, por una parte, procedente la acción y, por otra, se niegan parte de las pretensiones solicitadas, la revisión de oficio únicamente se abrirá respecto de las primeras, y las restantes sólo se analizarán si existe petición de la parte afectada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/180784-90e45f79/sentencias-sobre-rectificacion-y-modificacion-de-actas-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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