HIPOTECA, CONTRATO DE. LA CLÁUSULA EN LA QUE LOS DEUDORES RENUNCIAN CON ANTICIPACIÓN AL DERECHO A SER DEPOSITARIOS DEL BIEN MATERIA DE LA HIPOTECA EN CASO DE QUE LES FUERA RECLAMADO EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES POR CONDUCTO DE AUTORIDAD JUDICIAL, AL AFECTAR NORMAS DEL PROCEDIMIENTO, DEBE TENERSE POR NO PUESTA (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
No es válido que en los contratos hipotecarios las partes puedan pactar desde su celebración que los deudores no aceptan la responsabilidad de ser depositarios judiciales del bien materia de la hipoteca en caso de que les fuera reclamado el cumplimiento de sus obligaciones por conducto de autoridad judicial, ya que tal acuerdo constituye una convención que contraviene las normas procesales establecidas en el título séptimo, capítulo III, intitulado: "Del juicio hipotecario", del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, específicamente las previstas en los artículos 481 y 482 del citado código adjetivo, que constituyen normas del procedimiento que en términos del artículo 55 del mismo ordenamiento legal, resultan irrenunciables y, por ende, debe tenerse como no puesta, ya que las leyes que rigen el procedimiento jurisdiccional son de orden público y no pueden dejarse, en consecuencia, a voluntad de las partes; en la especie, con el emplazamiento a juicio el deudor hipotecario adquiere la obligación de ser depositario de la finca hipotecada, salvo que en ese momento no acepte el cargo; por tanto, la depositaría legal de los bienes en juicio, en su caso, únicamente es susceptible de ser renunciada en el propio procedimiento jurisdiccional y no previamente en el contrato hipotecario, porque en esa hipótesis, como se expresó, se afectan normas procedimentales que son irrenunciables.
DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/182631-b50b45e8/hipoteca-contrato-de-la-clausula-en-la-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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