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Modo: Corpus Pro

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. EN LA ACTUALIDAD, LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ES APLICABLE EN FORMA SUPLETORIA A LA LEY RELATIVA EN CUANTO A LA FORMA EN QUE SURTEN EFECTOS LAS NOTIFICACIONES.

Clave: IX.1o.13 A · Registro digital (IUS): 182984 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVIII, Octubre de 2003; Pág. 1088

La Procuraduría Federal del Consumidor es un organismo público descentralizado, situado dentro de la administración pública federal, y su régimen jurídico se asimila al derecho administrativo; ahora bien, por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de abril del año dos mil, se reformó la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, adicionándose el artículo 1o. con un segundo párrafo, dejando de existir la limitación que indicaba la propia ley en su campo de aplicación, a la administración pública federal centralizada, indicando: "... también se aplicará a los organismos descentralizados de la administración pública federal paraestatal respecto a sus actos de autoridad ...", lo que ahora implica que en los procedimientos seguidos ante la Procuraduría Federal del Consumidor, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es aplicable supletoriamente, con las excepciones precisadas en los artículos 120 y 138 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/182984-1f2bc9b6/proteccion-al-consumidor-en-la-actualidad-la-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 299/2003. Funerales la Ascención, S.A. de C.V. 3 de julio de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: F. Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Esteban Oviedo Rangel. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIII, mayo de 2001, página 1204, tesis I.13o.A.7 A, de rubro: "PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. RESULTA APLICABLE SUPLETORIAMENTE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO A LOS ACTOS DE AUTORIDAD QUE TRAMITA Y EMITE."

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