VALOR AGREGADO. LA APLICACIÓN DE REGLAS DE UNA MISCELÁNEA FISCAL PARA NEGAR LA DEVOLUCIÓN DE UN SALDO A FAVOR DEL IMPUESTO RELATIVO, QUE FUE DETERMINADO CON ANTERIORIDAD A LA EMISIÓN DE DICHA REGLA, VIOLA LA GARANTÍA DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.
El artículo 14 constitucional señala que a ninguna norma jurídica se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna, en virtud de que las leyes deben aplicarse durante el periodo de su vigencia y sólo por excepción deben seguirse aplicando a pesar de que las leyes posteriores las hayan derogado o abrogado, a fin de preservar los derechos o las situaciones jurídicas favorables a los interesados; por lo que la autoridad hacendaria, al aplicar la regla miscelánea para negar al contribuyente la devolución de un saldo a su favor relativo al impuesto al valor agregado, que fue determinado con anterioridad a la emisión de dicha regla, incurre en aplicación retroactiva de la ley, pues se afecta el derecho adquirido del contribuyente, máxime que el artículo 6o. del Código Fiscal de la Federación señala que la determinación de las contribuciones deberá efectuarse conforme a las disposiciones vigentes en el momento en que se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en la leyes fiscales, aludiendo el citado numeral al aspecto sustantivo de la relación tributaria y no a la aplicación de las normas procesales que se aplican con posterioridad.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/184731-79ae28e2/valor-agregado-la-aplicacion-de-reglas-de-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CRÉDITO AL SALARIO. PARA EFECTOS DE LA DEVOLUCIÓN DEL SALDO A FAVOR CONTRA EL IMPUESTO A CARGO DEL CONTRIBUYENTE BENEFICIADO, SON APLICABLES LAS DISPOSICIONES VIGENTES CUANDO SE GE (XVI.5o.9 A)
- RETROACTIVIDAD EN LA APLICACION DE LA LEY FISCAL. (s/clave)
- RETROACTIVIDAD. LEYES FISCALES.- (1151)
- RETROACTIVIDAD. LEYES FISCALES. (s/clave)
- RETROACTIVIDAD DE LA NORMA JURÍDICA. HIPÓTESIS EN QUE OPERA (MATERIA FISCAL). (VI.2o.A.49 A )
- IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS. LOS ARTÍCULOS SEGUNDO TRANSITORIO, FRACCIÓN I, INCISOS A) Y C), DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGAD (1a. XCV/2017 (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis