ACCIÓN REIVINDICATORIA. EFECTOS CUANDO NO SE ACREDITAN LOS HECHOS CONSTITUTIVOS DE DICHA ACCIÓN.
Cuando se ejerza la acción reivindicatoria y en el juicio correspondiente no se acreditan los hechos constitutivos de la acción, el único efecto que se produce es que ésta no prospere, pero no significa que por ese motivo deba reconocerse a la parte demandada el carácter de dueña del inmueble materia del juicio reivindicatorio, porque la no acreditación de la acción sólo da lugar a absolver al demandado, y no a reconocer que éste es el propietario del inmueble objeto de la reivindicación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/185010-d35d449c/accion-reivindicatoria-efectos-cuando-no-se-acreditan-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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