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DEMANDA LABORAL. EL AUTO DONDE LA JUNTA SE ABSTIENE DE TENER AL DEMANDADO POR INCONFORME CON TODO ARREGLO CONCILIATORIO, POR CONTESTADA LA DEMANDA EN SENTIDO AFIRMATIVO Y POR PERDIDO SU DERECHO A OFRECER PRUEBAS, NO CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN PROCESAL IMPUGNABLE EN AMPARO INDIRECTO.

Clave: II.T.236 L · Registro digital (IUS): 185779 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Octubre de 2002; Pág. 1360

Si la Junta se abstiene de acordar la petición del actor de tener por inconforme al demandado con todo arreglo conciliatorio, por contestada la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho para ofrecer pruebas, tal acto no constituye una violación procesal impugnable mediante el juicio de amparo indirecto de modo excepcional, pues no tiene sobre el demandante una ejecución irreparable, ya que al momento en que se produce, tan sólo hace nacer la posibilidad de que ello ocurra cuando se resuelva la controversia en la medida en que influya en el sentido del fallo. En ese orden de ideas, al no surtirse la hipótesis que establece el artículo 107, fracción III, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 114, fracción IV, de la Ley de Amparo, es necesario esperar hasta el dictado del laudo para poder combatirla mediante el juicio de amparo directo, siempre que afecte las defensas del quejoso y trascienda al resultado del fallo.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/185779-30fce9e6/demanda-laboral-el-auto-donde-la-junta-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión (improcedencia) 47/2002. Sulpicio Corona Ramos. 6 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero.

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