FIRMAS INDUBITABLES. PUEDEN TENERSE COMO TALES PARA EFECTUAR EL COTEJO RESPECTIVO, LAS CONTENIDAS EN DOCUMENTOS DE FECHA POSTERIOR A LAS TILDADAS DE FALSAS.
El artículo 811 de la Ley Federal del Trabajo establece que si se objeta la autenticidad de algún documento en cuanto a contenido, firma o huella digital, las partes podrán ofrecer pruebas con respecto a las objeciones, las que se recibirán si fueren procedentes para acreditar que la firma que calza ese documento es o no propia de quien lo suscribió; por tanto, si en el caso el actor ofreció, al respecto, la prueba pericial caligráfica y grafoscópica para acreditar como indubitable la firma que calza el escrito inicial de demanda y las que estampara ante la presencia judicial, tales probanzas son idóneas y aptas para ser tomadas como base de comparación, para establecer la veracidad de la firma cuestionada. Lo anterior es así, ya que la prueba pericial en materia de caligrafía y grafoscopía se encarga de analizar el conjunto de rasgos que caracterizan la escritura, por lo que es dable afirmar que el experto en la materia, al efectuar el análisis de las firmas puede establecer que aunque se firme de manera diferente, los rasgos siempre serán los mismos y, además, podrá constatar, inclusive, a quién pertenecen; esto es así, porque es factible que a través de la caligrafía y grafoscopía se pueda saber si una firma es puesta o no por determinada persona en el documento dubitado, aun cuando, como en el caso, las indubitables hayan sido estampadas en el escrito de demanda y ante la presencia judicial, con posterioridad al documento tildado de falso, porque de igual forma se podrá constatar si la misma fue estampada o no por la persona a la que se le atribuye.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/186775-1d0bfa05/firmas-indubitables-pueden-tenerse-como-tales-para-efectuar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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