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VISITAS DE VERIFICACIÓN PRACTICADAS POR LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. REQUISITOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS INSPECTORES QUE LAS REALIZAN.

Clave: I.7o.A.132 A · Registro digital (IUS): 189358 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Junio de 2001; Pág. 773

El artículo 95 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización que regula la manera en que deben practicarse las visitas de verificación realizadas por la Procuraduría Federal del Consumidor, por disposición expresa del artículo 96 de la ley de ese organismo, establece que deberán practicarse "previa identificación vigente y exhibición del oficio de comisión respectivo". Por consiguiente, basta con que se acredite el cumplimiento de dichos requisitos para considerar que el visitador se identificó adecuadamente, sin que sean aplicables por analogía requisitos adicionales relativos a la manera de identificarse exigidos en las visitas de verificación en materia fiscal, pues se trata de actos que revisten propósitos diversos y que cuentan con exigencias particulares.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/189358-3e54c98f/visitas-de-verificacion-practicadas-por-la-procuraduria-federal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 247/2001. Tiendas Aurrerá, S.A. de C.V. 22 de febrero de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: F. Javier Mijangos Navarro. Secretario: José Alberto Tamayo Valenzuela. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 5/2002-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 26/2002, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XV, abril de 2002, página 572, con el rubro: "VISITAS DOMICILIARIAS. REQUISITOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS INSPECTORES DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR QUE LAS PRACTICAN."

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