NOTIFICACIÓN PERSONAL. SURTE EFECTOS EL MISMO DÍA EN QUE SE VERIFICA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
Del análisis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chihuahua, se advierte que no contiene disposición expresa en torno al momento en que surte efectos la notificación realizada de manera personal; sin embargo, de lo dispuesto por el artículo 111 del ordenamiento en cita, es factible dilucidar esa cuestión; lo anterior es así, en tanto que dicho numeral prevé, en lo que interesa, que los términos judiciales "... se contarán a partir del día siguiente a aquel en que se hubiere hecho el emplazamiento, citación o notificación. ...", de donde se sigue lógicamente, que ese tipo de notificaciones surte efectos el mismo día en que se realizan, pues no otra cosa puede deducirse de lo establecido en el sentido de que los señalados términos inician al día siguiente en que se verifican, por lo que si una notificación se realiza personalmente con el interesado, surte sus efectos ese mismo día, dado que tuvo conocimiento de la providencia que se le comunica en el acto en que se verifica la diligencia de notificación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/189656-f5bf2edd/notificacion-personal-surte-efectos-el-mismo-dia-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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