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Modo: Corpus Pro

NOTIFICACIÓN PERSONAL. SURTE EFECTOS EL MISMO DÍA EN QUE SE VERIFICA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

Clave: XVII.1o.23 C · Registro digital (IUS): 189656 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIII, Mayo de 2001; Pág. 1183

Del análisis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Chihuahua, se advierte que no contiene disposición expresa en torno al momento en que surte efectos la notificación realizada de manera personal; sin embargo, de lo dispuesto por el artículo 111 del ordenamiento en cita, es factible dilucidar esa cuestión; lo anterior es así, en tanto que dicho numeral prevé, en lo que interesa, que los términos judiciales "... se contarán a partir del día siguiente a aquel en que se hubiere hecho el emplazamiento, citación o notificación. ...", de donde se sigue lógicamente, que ese tipo de notificaciones surte efectos el mismo día en que se realizan, pues no otra cosa puede deducirse de lo establecido en el sentido de que los señalados términos inician al día siguiente en que se verifican, por lo que si una notificación se realiza personalmente con el interesado, surte sus efectos ese mismo día, dado que tuvo conocimiento de la providencia que se le comunica en el acto en que se verifica la diligencia de notificación.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/189656-f5bf2edd/notificacion-personal-surte-efectos-el-mismo-dia-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 598/99. Jorge Aranda Soto. 15 de marzo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Ignacio Rosas González. Secretario: José Agustín Olague Caballero. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IX, abril de 1999, página 368, tesis XVIII.2o. J/3, de rubro: "NOTIFICACIÓN PERSONAL. CUÁNDO SURTE SUS EFECTOS LA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MORELOS)." y Tomo III, febrero de 1996, página 448, tesis VIII.2o.16 C, de rubro: "NOTIFICACIONES PERSONALES. CUÁNDO SURTEN SUS EFECTOS LAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO).".

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