SENTENCIAS, INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SINALOA).
El Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sinaloa, concede al litigante, que no puede demostrar en el juicio principal el quántum de su reclamación, una prerrogativa que consiste en la sustanciación del incidente de liquidación que prevé el artículo 499 de dicha codificación, y no puede por lo mismo, sostenerse que si en un primer incidente de liquidación no se logra obtener la respectiva liquidación, puedan promoverse indefinidamente otros incidentes, hasta obtenerla, habida cuenta que tal proceder quitaría la firmeza que deben tener las resoluciones judiciales, aun tratándose de aquellas que no son las definitivas o las que deciden el negocio principal, y aunque es cierto que la resolución que recaiga en el incidente, rechazando las bases que para la regulación fijó el actor, hace nugatoria la sentencia de cuya ejecución se trata y que condenó a la parte reo a pagar al enjuiciante los intereses demandados, sin embargo, tal efecto innegable tiene que resentirlo quien, por sus actos u omisiones, dio lugar a que se desaprobaran en el incidente respectivo las bases presentadas por el actor y de las que sólo puede ser responsable éste, como lo hubiera sido también de la prescripción del derecho reconocido por un fallo, por dejar transcurrir el tiempo fijado por la ley, para que el reo quede exonerado del cumplimiento de lo que en esa resolución se le imponga. Bajo esta tesitura, si en el incidente de liquidación de intereses se resolvió que no sólo las bases propuestas eran inconducentes para los fines de la liquidación, sino también que no quedó probado el monto de los mismos, no hay posibilidad legal de que nuevamente el actor abra controversia judicial, respecto de dicho monto, ni aun sobre bases diversas de las antes aducidas, ya que la ley no permite que indefinidamente puedan discutirse las cuestiones ya resueltas, a pretexto de nuevos elementos no considerados con anterioridad.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/191612-777988ad/sentencias-incidente-de-liquidacion-para-el-cumplimiento-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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