ULTRAJES A LA MORAL PÚBLICA. REQUISITO PARA SU CONFIGURACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TLAXCALA).
El artículo 164 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, tipifica el delito de ultrajes a la moral pública, estableciendo que: "... I. Al que públicamente y por cualquier medio ejecute o haga ejecutar por otro exhibiciones obscenas; ..."; de la interpretación literal de dicha norma prohibitiva, se debe arribar a la conclusión de que el legislador quiso punir aquellas conductas de exhibiciones obscenas, consistentes en que el agente ejecute, o haga ejecutar a otro un acto de impudicia, buscando o procurando que otros lo contemplen, y que éste se desarrolle en público, debiéndose entender por "públicamente" el lugar donde éste se ejecuta, y no en función al número de individuos que observan el acto inmoral, siendo apto cualquier lugar o sitio común, donde concurra o tiene acceso determinado grupo de personas.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/192398-bd0db1bb/ultrajes-a-la-moral-publica-requisito-para-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ULTRAJES A LA MORAL PÚBLICA. REQUISITO PARA SU CONFIGURACIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE TLAXCALA).- (5857)
- ULTRAJES A LA MORAL PÚBLICA, DELITO DE. CONCEPTO DE EXHIBICIONISMO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN). (XI.2o.36 P )
- MORAL PÚBLICA, ULTRAJES A LA.- (1982)
- MORAL PUBLICA, ULTRAJES A LA. (s/clave)
- ULTRAJES A LA MORAL, ELEMENTOS DEL DELITO DE. (s/clave)
- ULTRAJES A LA MORAL, ELEMENTOS DEL DELITO DE.- (3216)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis