JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. CUÁNDO NO LE CORRESPONDE REPRESENTAR AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN LOS JUICIOS DE AMPARO EN QUE ÉSTE SEA PARTE.
No obstante que el ámbito de competencias en materia legislativa del Distrito Federal le fue suprimida al Ejecutivo Federal, de la que anteriormente gozaba y en esos supuestos el jefe del Departamento del Distrito Federal era la autoridad idónea para representarlo en los juicios de amparo, en la actualidad el jefe de Gobierno del Distrito Federal ya no forma parte de la administración pública federal, sino que ahora conforma un gobierno propio de la entidad y en términos generales no guarda relación de subordinación con el presidente de la República por constituir órdenes o instancias de gobierno distintas. En esas condiciones, al haberse desvinculado la relación jerárquica entre el titular del Ejecutivo Federal y el jefe de Gobierno del Distrito Federal, es incorrecto que éste lo deba representar en los juicios de amparo en que sea parte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/192985-14bfd853/jefe-de-gobierno-del-distrito-federal-cuando-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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