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COMPETENCIA LABORAL. CORRESPONDE A UNA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE EL CONOCIMIENTO DEL JUICIO EN QUE ES PARTE UNA EMPRESA DEDICADA A LA COMPRAVENTA Y FABRICACIÓN DE ARTÍCULOS METÁLICOS Y NO METÁLICOS.

Clave: 2a. LXVII/99 · Registro digital (IUS): 193884 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IX, Mayo de 1999; Pág. 500

De acuerdo con los artículos 123, apartado A, fracción XXXI, inciso a), subinciso 7, de la Constitución Federal y 527, fracción I, inciso 7, de la Ley Federal del Trabajo, la competencia para conocer de las demandas laborales contra una empresa que se dedica a las ramas industriales metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero en todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos recae en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. En cambio, como la compraventa y fabricación de artículos metálicos y no metálicos, son actividades secundarias, en tanto que no implican la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, ni la obtención de hierro metálico y acero en todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos, debe concluirse que la competencia para conocer de las demandas laborales contra una empresa dedicada a esa actividad secundaria y sus trabajadores, recae en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de conformidad con el primer párrafo del artículo 698 de la Ley Federal del Trabajo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/193884-0d538ce2/competencia-laboral-corresponde-a-una-junta-local-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Competencia 44/99. Suscitada entre la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje residente en Monterrey y la Junta Especial Número Diecinueve de la Federal de Conciliación y Arbitraje con residencia en Guadalupe, ambas del Estado de Nuevo León. 23 de abril de 1999. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela Güitrón. Ponente: Mariano Azuela Güitrón; en su ausencia hizo suyo el proyecto el Ministro Juan Díaz Romero. Secretario: Ernesto Martínez Andreu.

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