SINDICATOS. LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES PLANTEADOS POR EX MIEMBROS DE SU DIRECTIVA, EN LOS QUE RECLAMAN DE LA PROPIA AGRUPACIÓN, ACCIONES DERIVADAS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, DE LOS ESTATUTOS SINDICALES O DE LA CONTRATACIÓN COLECTIVA, ENCUADRAN EN EL CAMPO DEL DERECHO LABORAL, POR LO QUE DEBEN DIRIMIRSE ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.
Aun cuando los conflictos individuales al rubro señalados no derivan de la típica relación laboral entre trabajadores y patrones, debe considerarse que encuadran en la materia laboral, en tanto que en ésta se comprenden también aquellas controversias suscitadas sólo entre trabajadores o sólo entre patrones, derivadas de las relaciones de trabajo o de hechos íntimamente vinculados con ellas, como se corrobora de lo establecido en el artículo 604 de la Ley Federal del Trabajo. Por tanto, como en términos de lo previsto por los numerales 356, 359 y 375 de la ley invocada, los sindicatos son asociaciones de trabajadores constituidas para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses, con derecho para redactar sus reglamentos y elegir libremente a su directiva, así como para representar a sus integrantes en conflictos individuales y colectivos; es evidente que cuando un ex miembro de una agrupación sindical ejercita en la vía jurisdiccional alguna acción derivada de la citada ley, de los estatutos sindicales, o de la contratación colectiva, en contra del propio sindicato, el conflicto individual planteado debe catalogarse dentro del campo del derecho laboral y, por tanto, susceptible de ser dirimido ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/196910-9a9f973f/sindicatos-los-conflictos-individuales-planteados-por-ex-miembros · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SINDICATOS. LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES PLANTEADOS POR EX MIEMBROS DE SU DIRECTIVA, EN LOS QUE RECLAMAN DE LA PROPIA AGRUPACIÓN, ACCIONES DERIVADAS DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, D (423)
- SINDICATO. CONFLICTO ENTRE EL Y UNO DE SUS EMPLEADOS. (s/clave)
- SINDICATO PATRONAL. EL CONFLICTO PLANTEADO POR UNO DE SUS SOCIOS, DERIVADO DE LA ACCIÓN PREVISTA EN LOS ESTATUTOS QUE LA RIGEN ES DE NATURALEZA INDIVIDUAL, POR LO QUE DEBE DIRIMIRS (I.14o.T.20 L (10a.))
- SINDICATOS, FACULTADES DE LOS. (s/clave)
- COMPETENCIA LABORAL. REGLAS PARA FIJARLA CUANDO SE TRATA DE CONFLICTOS INDIVIDUALES PLANTEADOS POR EX MIEMBROS DE LA DIRECTIVA DE UN SINDICATO EN CONTRA DE LA PROPIA AGRUPACIÓN. (I.6o.T.249 L)
- SINDICATOS, ACCIONES DE SUS MIEMBROS EN CONTRA DE LOS. SON DE CARÁCTER LABORAL. PRESCRIPCIÓN.- (472)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis