Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ALIMENTOS, DEBE OBSERVARSE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD EN LOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUERRERO).

Clave: XXI.1o.79 C · Registro digital (IUS): 197959 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 655

Tratándose de juicios de alimentos, es necesario estudiar los casos de excepción que a la regla general se presenten, y observar el principio de proporcionalidad contemplado en el artículo 397 del Código Civil del Estado de Guerrero; en tal circunstancia, si el tribunal de alzada se limita a fijar una pensión alimenticia equivalente a un salario mínimo general mensual, sin analizar previamente la proporcionalidad que debe observarse para su cuantificación, ni considerar que en autos está demostrado que el quejoso sostiene a dos de sus hijos, es indiscutible que la carga alimentaria que tiene en favor de aquéllos excluye la de proporcionar alimentos a otro de sus hijos, si se toma en cuenta que éste los recibe de su progenitora por tener la guarda y custodia, ya que tal obligación así repartida entre los padres, con mayor carga para uno, por tener bajo su custodia a otro número de hijos, genera mayores gastos a sufragar.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/197959-2297cd40/alimentos-debe-observarse-el-principio-de-proporcionalidad-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 259/97. Adolfo González Rodríguez. 22 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Joaquín Dzib Núñez. Secretario: Salvador Vázquez Vargas.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis