Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SUCESORES AGRARIOS, NECESIDAD DE ACREDITAR LA DEPENDENCIA ECONÓMICA CON EL EJIDATARIO PARA TENER LA CALIDAD DE (LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA, VIGENTE HASTA EL VEINTIOCHO DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS).

Clave: VI.2o.105 A · Registro digital (IUS): 198172 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Agosto de 1997; Pág. 817

De la recta interpretación del artículo 81 de la Ley Federal de Reforma Agraria, vigente hasta el veintiocho de febrero de mil novecientos noventa y dos, se concluye que la dependencia económica en relación con el ejidatario constituía un requisito indispensable para tener la calidad de sucesor de los derechos agrarios pertenecientes a aquél, y es evidente que tal requisito era exigible tanto para el cónyuge y los hijos del ejidatario, como para la persona con la cual hubiera hecho vida marital el titular de una unidad de dotación ejidal.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/198172-ba7f3813/sucesores-agrarios-necesidad-de-acreditar-la-dependencia-economica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 362/97. Eustaquia Francisca Reyes Rosas. 11 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Meza Alarcón. Secretario: Héctor Enrique Hernández Torres.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis