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FERROCARRILEROS, JUBILACION DE LOS. INTERPRETACION DE LAS FRACCIONES III Y IV DE LA CLAUSULA 382 DEL CONTRATO COLECTIVO VIGENTE EN 1992.

Clave: I.3o.T.48 L · Registro digital (IUS): 199643 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Enero de 1997; Pág. 472

Conforme a lo establecido en las fracciones III y IV de la cláusula 382 del Contrato Colectivo de Trabajo que rige las relaciones entre Ferrocarriles Nacionales de México y su sindicato, el beneficio de la jubilación sólo puede otorgarse a aquellos trabajadores que demuestren que la causa que les impide continuar en el servicio, es una incapacidad provocada por un accidente, enfermedad o agotamiento físico incurable debidamente comprobados y siempre que se cumpla con los años de servicio a que se contraen dichas fracciones. En consecuencia, no basta que a quien demande el otorgamiento de ese beneficio, conforme a las indicadas cláusulas contractuales, durante la secuela del procedimiento se le determine una incapacidad o enfermedad derivada de un riesgo de trabajo o enfermedad no profesional para que por esa circunstancia se le otorgue el beneficio de la jubilación, si por otra parte está demostrado que ya no presta servicios a la empresa debido a su separación voluntaria que llevó a cabo años antes de la presentación de su demanda.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/199643-16d5f935/ferrocarrileros-jubilacion-de-los-interpretacion-de-las-fracciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 10053/96. Rafael López Avila. 7 de noviembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Novales Castro. Secretario: José Elías Gallegos Benítez. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo III-Abril, pág. 397.

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