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IMPROCEDENCIA DE AMPARO. OPERA CUANDO SE RECLAMA UNA SENTENCIA ESTANDO PENDIENTE DE RESOLUCION LA ACLARACION DE LA MISMA.

Clave: VI.2o.72 K · Registro digital (IUS): 199656 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo V, Enero de 1997; Pág. 483

El juicio de amparo directo en que se reclama una sentencia encontrándose pendiente de resolver el recurso de aclaración de la misma, es improcedente en términos del artículo 73, fracción XVIII, de la Ley de Amparo, en relación con los artículos 44, 46 y 158 del propio ordenamiento legal, pues dicha sentencia aún no tiene carácter de definitiva, habida cuenta que la resolución que resuelve la aclaración citada, tiende a precisar el fallo sobre algún punto que habiendo sido tratado en los considerandos no se refleja en los puntos resolutivos, o bien de plano se haya omitido, y por ende tal resolución puede modificarla, formando parte integrante de aquélla y es por ello que su pronunciamiento otorga definitividad a la sentencia materia de aclaración.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/199656-52bc7d35/improcedencia-de-amparo-opera-cuando-se-reclama-una · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 549/96. Juan Romelio Barrios Guillén. 4 de diciembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 12/2005-PL resuelta por el Tribunal Pleno, de la que derivó la tesis P./J. 149/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXII, diciembre de 2005, página 5, con el rubro: "ACLARACIÓN DE SENTENCIA. SU TRAMITACIÓN NO IMPIDE QUE SE PROMUEVA AMPARO CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA, AUN CUANDO AQUÉLLA ESTÉ PENDIENTE DE RESOLUCIÓN."

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