Corpus
Modo: Corpus Pro

ACCION CAMBIARIA, CADUCIDAD DE LA. ES IMPROCEDENTE SU ESTUDIO OFICIOSO EN SEGUNDA INSTANCIA.

Clave: II.1o.C.T.103 C · Registro digital (IUS): 199841 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Diciembre de 1996; Pág. 359

Sólo el Juez de primera instancia puede examinar de oficio la caducidad de la acción cambiaria, mas no la Sala, quien carece de tal facultad, cuando no se expresan los agravios al respecto.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/199841-39ec4031/accion-cambiaria-caducidad-de-la-es-improcedente-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 651/96. F.M.C. Agroquímica de México, S. de R.L. de C.V. 2 de agosto de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker. Secretario: Alejandro García Gómez.

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