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Modo: Corpus Pro

SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD HACENDARIA DE DEJAR SIN EFECTOS EL CERTIFICADO DEL SELLO DIGITAL PARA LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DE UN CONTRIBUYENTE.

Clave: III.2o.A.49 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2005999 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1959

Conforme al artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo es improcedente conceder la suspensión provisional contra la determinación de la autoridad hacendaria de dejar sin efectos el certificado del sello digital para la expedición de comprobantes fiscales, por advertir incumplimiento del contribuyente a la resolución miscelánea fiscal que regula su uso; habida cuenta que, de permitir al quejoso utilizarlo, se seguiría perjuicio al interés social y se contravendrían disposiciones de orden público, puesto que se toleraría la realización de una conducta probablemente ilícita, consistente en la emisión de comprobantes fiscales para, en su caso, amparar posibles operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas, y se impediría el ejercicio de las facultades de control en materia fiscal de la autoridad; a más de que la sociedad y el Estado están interesados en que los contribuyentes realicen las operaciones fiscales que atañen a su respectiva actividad adecuadamente, conforme a los avances tecnológicos dispuestos para tal fin.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2005999-216f0542/suspension-provisional-en-el-amparo-es-improcedente-concederla · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 30/2014. Thinker Consultores Globales, S.A. de C.V. 13 de enero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Tomás Gómez Verónica. Secretario: Guillermo García Tapia. Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 256/2016 de la Segunda Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 7/2017 (10a.) de título y subtítulo: "SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LA DETERMINACIÓN DE LA AUTORIDAD HACENDARIA DE DEJAR SIN EFECTOS EL CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL PARA LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET (ARTÍCULO 17-H, FRACCIÓN X, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2014)."

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