COSTAS. EL ABOGADO QUE INTERVIENE EN NEGOCIO PROPIO TIENE DERECHO A SU COBRO.
El artículo 131 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal establece que los abogados que intervengan en juicios civiles o mercantiles por derecho propio, cobrarán las costas que fija el arancel, aun cuando no sean patrocinados por otro abogado. Por lo tanto, cuando el interesado lleva, por sí mismo, la dirección de su negocio, ejerciendo la profesión de abogado, debe ser indemnizado en costas, en términos del citado numeral; cuanto más, porque se halla en igualdad de circunstancias que aquella parte que obtiene fallo favorable y fue patrocinada por abogado procurador, por lo que sus trabajos deben ser indemnizados.
DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2006823-600f0d8f/costas-el-abogado-que-interviene-en-negocio-propio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- COSTAS, PRUEBA DEL PATROCINIO DE UN ABOGADO, PARA EL PAGO DE LAS. (XI.2o.107 C )
- COSTAS. PARA TENER DERECHO A SU COBRO, EL PÁRRAFO TERCERO DEL ARTÍCULO 127 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, SÓLO ENUNCIA UNA FORMA DE ACRE (I.9o.C.131 C)
- ABOGADOS, COSTAS DE LOS, EN NEGOCIOS PROPIOS. (s/clave)
- COSTAS DE LOS ABOGADOS EN LOS NEGOCIOS PROPIOS. (s/clave)
- COSTAS. LA SOLICITUD AL JUEZ DE ESTABLECERLAS EN FAVOR DEL ABOGADO PATRONO, DEBE REALIZARSE DENTRO DE LA DEMANDA INCIDENTAL QUE SE PROMUEVA PARA SU LIQUIDACIÓN (LEGISLACIÓN DEL DIS (I.13o.C.20 C (10a.))
- COSTAS COMO SINÓNIMO DE HONORARIOS DE ABOGADOS (Artículos 128 y 129 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal). (I.4o.C.291 C)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis