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FALTA O INSUFICIENCIA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. SI LA AUTORIDAD RESPONSABLE AL RENDIR SU INFORME JUSTIFICADO NO COMPLEMENTA ESOS ASPECTOS POR ESTIMAR QUE EL ACTO RECLAMADO LOS CUMPLE, NO PROCEDE CORRER TRASLADO AL QUEJOSO CON AQUÉL, EN TÉRMINOS DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 117 DE LA NUEVA LEY DE AMPARO.

Clave: VI.1o.A.72 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2007255 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1760

Dicha porción normativa establece que tratándose de actos materialmente administrativos, cuando en la demanda de amparo se aduzca la falta o insuficiencia de fundamentación y motivación, en el informe justificado la autoridad deberá complementar en esos aspectos el acto reclamado y, en tal caso, deberá correrse traslado con el informe al quejoso, para que en el plazo de quince días realice la ampliación de la demanda, la cual se limitará a cuestiones derivadas de la referida complementación. Sin embargo, cuando la autoridad responsable, al rendir su informe con justificación, defiende su acto tal y como fue emitido, por estimar que está suficientemente fundado y motivado, no se actualiza el supuesto previsto en el último párrafo del artículo 117 de la nueva Ley de Amparo, referente a correr traslado con el informe al quejoso, porque si la autoridad no complementó su acto en esos aspectos, no hay materia para que el quejoso formulara la ampliación de la demanda, en virtud de que ésta única y exclusivamente podría referirse a cuestiones derivadas de la mencionada complementación, la que de no existir exime al Juez de Distrito de correr traslado con el informe al quejoso, razón por la cual, en un caso así, no se produce violación alguna que obligara a ordenar reponer el procedimiento en el juicio de amparo de origen.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2007255-fa72c4ef/falta-o-insuficiencia-de-fundamentacion-y-motivacion-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 48/2014. 14 de mayo de 2014. Mayoría de votos. Disidente: José Eduardo Téllez Espinoza. Ponente: Jorge Higuera Corona. Secretaria: María Luisa Aceves Herrera.

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