ANOTACIÓN PREVENTIVA DE LA DEMANDA ANTE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD. SU CANCELACIÓN AFECTA DERECHOS SUSTANTIVOS Y EN SU CONTRA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.
Para la promoción del amparo indirecto, contra actos de imposible reparación, dictados en el procedimiento, se requiere: 1. Que se trate de actos "que afecten materialmente derechos sustantivos", lo que equivale a situar el asunto en aquellos supuestos en los que el acto autoritario impide el libre ejercicio de algún derecho en forma presente, incluso, antes del dictado del fallo definitivo; y 2. Que estos derechos afectados materialmente revistan la categoría de "derechos sustantivos", expresión antagónica a los de naturaleza formal o adjetiva, en los que la afectación no es actual -a diferencia de lo sustantivo-, sino que depende de que llegue o no a trascender en el desenlace del juicio, momento en el cual sus secuelas pueden consumarse en forma efectiva. En ese contexto, la cancelación de la anotación preventiva ante el Registro Público de la Propiedad, de la demanda que dio inicio al juicio de nulidad de una escritura pública, constituye un acto que afecta derechos sustantivos, pues aun cuando al dictarse la sentencia definitiva, si ésta resultara favorable a la parte actora, esa afectación no puede ser reparada, toda vez que, de cancelarse esa anotación preventiva, traería como consecuencia la posibilidad de que el inmueble en litigio fuera objeto de traslaciones de dominio sin ninguna limitación, no obstante que se encuentra en litigio; razón por la que no puede considerarse que únicamente constituya un acto intraprocesal; y, por ende, es procedente el juicio de amparo indirecto, de conformidad con el artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo, dado que con ello se impide el libre ejercicio de un derecho actual, lo que se traduce en que se afecten materialmente derechos sustantivos tutelados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como lo es el de disponer del bien que se tiene en propiedad, previsto en su artículo 16.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2011545-268c1546/anotacion-preventiva-de-la-demanda-ante-el-registro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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