TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA. EN CASO DE INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE DERIVADA DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO O UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL, TIENEN DERECHO A RECIBIR SU SALARIO ÍNTEGRO, DURANTE EL TIEMPO QUE DURE AQUÉLLA, EN TÉRMINOS DEL CONTRATO-LEY.
De la interpretación armónica de los artículos 25o. y 53o. del Contrato-Ley de las Industrias Azucarera, Alcoholera y Similares de la República Mexicana, 84 de la Ley Federal del Trabajo y 32 de la Ley del Seguro Social abrogada, se advierte que los salarios que deben percibir los trabajadores de las industrias azucarera, alcoholera y similares son los que constan en las tarifas que se anexan al Contrato-Ley como parte integrante de éste, los cuales se pagan por padecer una enfermedad o riesgos de trabajo. De igual manera se establece que, en estos casos, además de la atención médica y material de curación y de la indemnización a que se refiere el artículo 487 de la citada ley federal, los obreros percibirán durante todo el tiempo de su incapacidad, el salario íntegro de que disfruten, tomando como base el proporcional o fijo que tienen al ocurrir el accidente o declararse la enfermedad y que cuando el riesgo de trabajo ocasione la muerte o una incapacidad parcial o total permanente, para calcular la indemnización se tomarán como base, además de los pagos hechos por cuota diaria, las gratificaciones, percepciones, habitación y cualquier otra cantidad que sea entregada al trabajador a cambio de su labor. De acuerdo con ello, los trabajadores de dichas industrias que sufran un accidente de trabajo o padezcan una enfermedad profesional, que les genere una incapacidad parcial permanente percibirán, durante todo el tiempo de ésta el "salario íntegro", esto es, el 100% de los ingresos que perciban al momento en que sufran el riesgo de trabajo, tomando como base el proporcional o fijo que reciban al ocurrir el accidente o declararse la enfermedad, que es el mismo que se denomina "salario de cotización" o "salario tabular", que se precisa en las tarifas anexas al Contrato-Ley, no así el "salario integrado", que es el que se establece para el pago de la indemnización cuando se declara una incapacidad y que se conforma, además, de los pagos hechos por cuota diaria, de las gratificaciones, percepciones, habitación y cualquier otra cantidad que sea entregada al trabajador a cambio de su labor, lo cual es similar a como se define el concepto salario en el artículo 84 citado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2011765-8d6d8701/trabajadores-de-la-industria-azucarera-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INDUSTRIA AZUCARERA. INDEMNIZACIÓN POR RIESGO DE TRABAJO (INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL). SU CUANTIFICACIÓN DEBE REALIZARSE CON BASE EN EL SALARIO INTEGRADO EN TÉRMINOS DEL CONTRATO (VII.2o.A.T.55 L )
- INDUSTRIA AZUCARERA. INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ACCIDENTES DE TRABAJO (PENSIÓN POR VIUDEZ Y ORFANDAD). SU CUANTIFICACIÓN DEBE REALIZARSE CON BASE EN EL SALARIO INTEGRADO (VII.2o.A.T.64 L )
- AZUCAR, PROCEDENCIA DEL PAGO DE LOS INCREMENTOS AL SALARIO POR RIESGOS DE TRABAJO EN APLICACION DEL ARTICULO 42 DEL CONTRATO LEY QUE RIGE LAS RELACIONES LABORALES DE LOS TRABAJADOR (s/clave)
- DIFERENCIAS SALARIALES QUE RESULTEN DE LA REUBICACIÓN POR INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE POR RIESGO DE TRABAJO. DEBEN CUANTIFICARSE CON BASE EN EL SALARIO TABULAR QUE SE PERCIBÍA A (VII.2o.T.3 L (12a.))
- SEGURO SOCIAL. INDEMNIZACION POR RIESGO DE TRABAJO, DETERMINACION DEL SALARIO BASE PARA EL CALCULO, CONFORME A LAS DIVERSAS HIPOTESIS PREVISTAS EN EL ARTICULO 484 DE LA LEY FEDERAL (s/clave)
- PENSIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE. CUANDO EN LOS AUTOS DEL JUICIO LABORAL NO OBRE EL PROMEDIO SALARIAL DE COTIZACIÓN QUE SIRVE DE BASE PARA CALCULARLA, PORQUE NI EL TRABAJADOR NI (22)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis