PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. EL CÓMPUTO DEL TÉRMINO PARA EL RECLAMO DEL PAGO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO DE UN TRABAJADOR FALLECIDO POR MUERTE NATURAL O POR UN RIESGO NO PROFESIONAL, EJERCIDO POR SUS BENEFICIARIOS, INICIA A PARTIR DE LA FECHA DE SU FALLECIMIENTO.
En materia laboral, la prescripción está regulada en los artículos 516 a 522 de la Ley Federal del Trabajo, la que tiene como fin salvaguardar el principio de certeza jurídica, para impedir que en cualquier tiempo se entablen reclamaciones o éstas se contradigan, destacándose que sólo opera en su vertiente negativa, esto es, la pérdida de derechos por no ejercerse oportunamente. Luego, la prescripción de la acción de pago de horas extras (prevista en los numerales 66, 67 y 68 de la citada ley) sigue la regla general establecida en el aludido numeral 516, esto es, prescribe por el transcurso de un año a partir de que la obligación es exigible. Bajo esa línea argumentativa, cuando se trata del reclamo de dicha prestación correspondiente a un trabajador que fallece por muerte natural o por un riesgo no profesional, ejercida por sus beneficiarios, el cómputo relativo comienza a partir del deceso del trabajador, ya que es en ese momento que el derecho a reclamar su pago nace, debido a que la citada prestación no deriva de una acción de los beneficiarios, sino del vínculo laboral propio del obrero con el patrón. Máxime, si se toma en consideración que los beneficiarios pueden hacer valer conjuntamente dicha exigencia con la declaración que se haga de éstos, pues tienen su origen en una misma causa y se dirigen contra idéntica persona; de no ser así, se llegaría a lo inadmisible de pensar que en cualquier tiempo pudiera solicitarse, dejando al arbitrio de una de las partes la decisión de ejercitarla cuando quisiera, no importando el lapso transcurrido, lo que violaría los principios de certeza y seguridad jurídica, dejando de lado la estabilidad y firmeza de los negocios, generando incertidumbre del pasado e indecisión de los derechos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2012348-b206fa5b/prescripcion-en-materia-laboral-el-computo-del-termino · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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