MENORES QUE SON SUJETOS ACTIVO Y PASIVO DEL DELITO DENTRO DE UN PROCEDIMIENTO SUSTANCIADO DENTRO DEL SISTEMA DE JUSTICIA PARA ADOLESCENTES. AL CONVERGER SUS DERECHOS, DEBEN PONDERARSE CUIDADOSAMENTE LOS INTERESES DE CADA UNO, CON LA FINALIDAD DE EMITIR UNA DETERMINACIÓN ADECUADA.
Este Tribunal Colegiado de Circuito, con fundamento en los artículos 1o., 4o. y 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tomando como base la línea jurisprudencial sustentada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno al tema del principio del interés superior de los menores, considera que en caso de que en un procedimiento sustanciado dentro del sistema de justicia para adolescentes, tanto el sujeto activo como el pasivo del delito sean menores, todas las autoridades, servidores públicos que intervienen en la procuración y administración de justicia e instituciones, así como los particulares que actúan en su auxilio, deben respetar y proteger los derechos que a cada uno de ellos les asisten, así como observar los estándares contenidos en los criterios que son emitidos por los órganos de control constitucional. El espectro normativo-interpretativo protector de los menores no se agota atendiendo a los derechos de sólo alguno de ellos, ya sea a los del sujeto activo, o bien, a los del sujeto pasivo, sino que al converger los de ambos en un procedimiento de dicha índole y en caso de conflicto, analizando caso por caso, deben ponderarse cuidadosamente los intereses de cada uno, con la finalidad de emitir una determinación adecuada, de conformidad con el párrafo 39 de la Observación General No. 14 (2013), sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial (numeral 3, párrafo 1), aprobada por el Comité de los Derechos del Niño en su sexagésimo segundo periodo de sesiones, de la Organización de las Naciones Unidas.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2013423-e8429d11/menores-que-son-sujetos-activo-y-pasivo-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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