MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL DE LO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE JALISCO. AL SER SU RATIFICACIÓN UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL A CARGO DEL CONGRESO LOCAL, REQUIERE DE UN TRÁMITE DISTINTO AL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ORDINARIO.
El procedimiento de ratificación de Magistrados del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco, comprende las etapas previstas en el artículo 61 de la Constitución Política de la entidad, a saber: a) tres meses antes de que concluya el periodo de siete años para el que fue nombrado un Magistrado, el Pleno del Tribunal de lo Administrativo elabora un dictamen técnico en el que analiza y opina sobre la actuación y desempeño del juzgador; b) dicho dictamen y el expediente de éste serán enviados al Congreso del Estado para su estudio; y, c) el Congreso del Estado decide soberanamente sobre la ratificación o no del Magistrado, mediante el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes. Por tanto, en el procedimiento de ratificación mencionado, sólo interviene el Poder Legislativo, pues la Comisión de Justicia elabora un dictamen en el que propone o no la ratificación, tomando como base el análisis que realice del dictamen técnico que previamente le remitió el Pleno del Tribunal de lo Administrativo, ese dictamen se somete a la consideración del Pleno de la Legislatura Local, quien decide en forma soberana sobre la ratificación o no de los Magistrados, por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión correspondiente; por lo que la ratificación a cargo del Congreso Local de los Magistrados del Tribunal de lo Administrativo, constituye un procedimiento especial que requiere un trámite distinto al procedimiento legislativo ordinario y que, sin embargo, éste se aplicará en todo lo que no se encuentre previsto en estos procedimientos, además, deberá estarse a lo dispuesto en la Constitución Local y en la legislación aplicable.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2013464-0fab6f7b/magistrados-del-tribunal-de-lo-administrativo-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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