Corpus
Modo: Corpus Pro

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. LA ACCIÓN DE GRUPO PREVISTA EN LOS ARTÍCULOS 24 Y 26 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, VIGENTE AL 28 DE FEBRERO DE 2012, DEBE SER INTERPRETADA A LA LUZ DEL DERECHO AL ACCESO A LA JUSTICIA.

Clave: 1a. CXLII/2017 (10a.) · Registro digital (IUS): 2015237 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; 1a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 47, Octubre de 2017; Tomo I; Pág. 496

El derecho de acceso a la justicia tiene una especial relevancia tratándose de los consumidores, por las dificultades que su ejercicio representa para este colectivo como consecuencia de la posición de vulnerabilidad en la que se ubica. En este sentido, la Procuraduría Federal del Consumidor cuenta con un mecanismo fundamental en el ejercicio del acceso a la justicia del consumidor: la acción de grupo prevista en los artículos 24, fracciones II y III, y 26 de la Ley Federal de Protección al Consumidor vigentes al 28 de febrero de 2012. Efectivamente, a través de esta acción la Profeco desempeña su función de defender, por la vía jurisdiccional, los intereses de los consumidores que se ven afectados por las transacciones de consumo. Consecuentemente, la acción de grupo resulta instrumental en la tutela efectiva de los derechos del consumidor, lo cual hace patente la relevancia de que se interprete de tal suerte que no se vea obstaculizada por requisitos excesivos o desproporcionados. Lo anterior implica que si bien la procedencia de la acción puede ser modulada o sujeta a requisitos que protejan otros bienes constitucionales -como certeza jurídica-, ésta no puede ser deliberadamente obstruida mediante requisitos arbitrarios o innecesarios.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2015237-9ca1cabd/proteccion-al-consumidor-la-accion-de-grupo-prevista · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en revisión 6221/2015. Procuraduría Federal del Consumidor. 22 de febrero de 2017. Mayoría de tres votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Norma Lucía Piña Hernández. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. Secretarios: Ana María Ibarra Olguín y Arturo Guerrero Zazueta.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.