INTERÉS LEGÍTIMO EN SEDE ADMINISTRATIVA. LO TIENE QUIEN IMPUGNA LA DESAPARICIÓN DE ÁREAS VERDES COMUNES EN EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, JALISCO, DERIVADO DE LA AUTORIZACIÓN DE UNA CONSTRUCCIÓN, PARA QUE SE RESPETE SU DERECHO FUNDAMENTAL DE AUDIENCIA PREVIA, SI ACREDITA SER PROPIETARIO DE UN LOTE UBICADO EN EL LUGAR AFECTADO.
Tratándose del interés legítimo no se requiere que el agravio sea personal y directo -como ocurre con el interés jurídico-, sino que la afectación a la esfera jurídica del particular puede ser directa o en virtud de la especial situación que guarde frente al orden jurídico (indirecta) y, además, provenir de un interés individual o colectivo, esto es, de situaciones excepcionales y, por ende, diferenciadas a las que guarda la generalidad, por lo cual, es esa situación la que debe apreciarse en cada caso concreto para determinar si existe o no dicho interés. Por tanto, si se impugna la desaparición de áreas verdes comunes, derivado de la autorización de una construcción en determinado predio, respecto de la cual, no se dio participación a los residentes, y el gobernado acredita ser propietario de un lote ubicado en el lugar afectado, tiene interés legítimo para que en sede administrativa se respete su derecho fundamental de audiencia previa, a que se refiere el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para hacer valer lo que estime conveniente, en defensa del derecho humano a un medio ambiente sano, acorde con los numerales 4, 7 y 9 del Reglamento de Parques, Jardines y Recursos Forestales para el Municipio de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, donde se concede participación a la comunidad para denunciar todo hecho, acto u omisión que pueda provocar daño a las áreas verdes ubicadas dentro del lugar donde residen. Lo anterior, porque el derecho de audiencia, en el caso, conforma el interés legítimo para impugnar actos que tengan como fin la desaparición de áreas verdes, cuyo impacto recae en la colectividad.
SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2015856-36b86e32/interes-legitimo-en-sede-administrativa-lo-tiene-quien · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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