Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES. EL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN XVI, DE LA LEY RELATIVA, QUE RECONOCE A LOS MENORES SU DERECHO DE ASOCIACIÓN Y REUNIÓN, SE APEGA AL PARÁMETRO DE REGULARIDAD CONSTITUCIONAL.

Clave: 2a. VII/2018 (10a.) · Registro digital (IUS): 2016010 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 50, Enero de 2018; Tomo I; Pág. 533

El ejercicio de diversos derechos de la niñez se encuentra determinado por el desarrollo de las facultades de los menores de edad, como un verdadero "principio habilitador", esto es, conforme a los procesos de maduración y de aprendizaje por medio de los cuales adquieran progresivamente conocimientos, competencias y comprensión de sus derechos y sobre cómo pueden realizarse mejor. En ese sentido, el derecho de asociación y reunión no puede concebirse de manera idéntica para niños y adolescentes, pues cada una de las etapas de la infancia presenta un grado diferenciado de libertades y deberes respecto a su ejercicio: a mayores niveles de aprendizaje, conocimiento y madurez, mayor el margen de autonomía para que sean los menores quienes ejerzan, por sí mismos, sus derechos -y no simplemente, por medio de sus padres-. En ese contexto, el hecho de que la norma reconozca los derechos de asociación y reunión pacífica, no implica que los menores puedan asociarse y reunirse con cualquier persona, de manera irrestricta, pues los padres y otros cuidadores tienen el derecho y el deber de velar porque toda interacción de los menores con la sociedad sea acorde con su interés superior, para lo cual, deberán poner atención a sus intereses, opiniones y sentimientos, así como a la etapa de niñez respectiva. Así, las libertades de asociación y reunión pacífica con otras personas se despliegan a medida que aumentan la capacidad y la madurez de los menores, y siempre bajo el deber parental y responsable de cuidado necesario para promover su desarrollo y bienestar.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2016010-750946aa/derechos-de-las-ninas-ninos-y-adolescentes-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 800/2017. Martha Patricia Martínez Macías y otra. 29 de noviembre de 2017. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Eduardo Medina Mora I.; votó en contra de consideraciones Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Isidro Emmanuel Muñoz Acevedo.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis