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Modo: Corpus Pro

PUEBLOS ORIGINARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. SU RECONOCIMIENTO EN LA POLÍTICA PÚBLICA LOCAL.

Clave: I.18o.A.66 A (10a.) · Registro digital (IUS): 2017373 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 56, Julio de 2018; Tomo II; Pág. 1587

Desde el punto de vista de la política pública, mediante publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (actualmente Ciudad de México), de 26 de junio de 2001, se creó el Consejo de Consulta y Participación Indígena. Posteriormente, se creó el Consejo de los Pueblos y Barrios Originarios, mediante acuerdo publicado en el medio de difusión señalado el 21 de marzo de 2007, como un órgano de coordinación de la administración pública local y de participación ciudadana, enfocado al fomento, preservación y difusión de la cultura originaria y tradicional de los pueblos y barrios originarios de la Ciudad de México, integrado por el jefe de Gobierno y los secretarios de Gobierno, Medio Ambiente, Desarrollo Social, Salud, Turismo, Cultura, Protección Civil, Educación, Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, y los órganos político–administrativos de cada demarcación territorial, con la participación de los representantes de los diversos pueblos y barrios originarios y de las organizaciones sociales y civiles interesadas en la materia y, como invitados permanentes o temporales, especialistas, académicos, autoridades federales o funcionarios de organismos internacionales. Posteriormente, por acuerdo publicado en la Gaceta Oficial indicada el 7 de noviembre de 2013, el jefe de Gobierno adscribió al Consejo de los Pueblos y Barrios Originarios a la Secretaría de Gobierno, junto con una estructura orgánica. Este órgano tiene, entre algunas de sus facultades: a) Proponer líneas de acción institucional para la elaboración del Programa General de Preservación y Desarrollo de las Culturas y Tradiciones de los Pueblos y Barrios Originarios del Distrito Federal; b) Dar seguimiento a los resultados de dicho programa; y, c) Elaborar el atlas y el padrón de esos pueblos y barrios originarios.

DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2017373-e43d2c38/pueblos-originarios-de-la-ciudad-de-mexico-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 228/2017. Responsable de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México. 23 de noviembre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: María Amparo Hernández Chong Cuy. Secretario: Marat Paredes Montiel.

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