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Modo: Corpus Pro

RECURSO DE QUEJA EN AMPARO DIRECTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN II, INCISO D), DE LA LEY DE LA MATERIA. PUEDE PROMOVERLO EL QUEJOSO EN SU CARÁCTER DE SENTENCIADO DENTRO DEL PROCESO PENAL, SI ES A ÉL A QUIEN CAUSA DAÑO O PERJUICIO EL PROVEÍDO EN EL QUE SE LE OTORGA LA LIBERTAD CAUCIONAL.

Clave: VI.2o.P.48 P (10a.) · Registro digital (IUS): 2018461 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 60, Noviembre de 2018; Tomo III; Pág. 2401

Del artículo, fracción e inciso citados, que establecen: "El recurso de queja procede: ...II. Amparo directo, tratándose de la autoridad responsable, en los siguientes casos: ...d) Cuando niegue al quejoso su libertad caucional o cuando las resoluciones que dicte sobre la misma materia causen daños o perjuicios a alguno de los interesados.", deriva que si se trata de aspectos relacionados con la libertad bajo caución, el legislador estableció que la queja procede en dos supuestos cuando: 1) la responsable niegue al quejoso su libertad caucional, y, 2) la resolución que la otorgue cause daños o perjuicios a alguno de los interesados. En cuanto al segundo supuesto, debe considerarse que al establecer que puede ser alguno de los interesados quien promueva el medio de impugnación aludido, el legislador no instauró como destinatario sólo a una de las partes que integran el proceso penal, por el contrario, amplió la posibilidad a que sea cualquiera de ellas, con la única condición de que resulte afectada por la determinación de la responsable respecto a dicho beneficio. Por tanto, se concluye que en esta hipótesis, el recurso de queja puede interponerse inclusive por el inculpado, cuando éste sea a quien le cause daño o perjuicio el proveído en el que se le otorga la libertad bajo caución. En esas condiciones, si el quejoso, en su carácter de sentenciado dentro del proceso penal (interesado), controvierte una determinación dictada respecto a la libertad caucional que considera le causa perjuicio en atención a los montos fijados para concederla, se actualiza la procedencia de la queja.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2018461-b3d62056/recurso-de-queja-en-amparo-directo-previsto-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 49/2018. 15 de junio de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: Jesús Rafael Aragón. Secretaria: Silvia Galindo Andrade.

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