CONVENIO TRANSACCIONAL. EL JUEZ DEBE ANALIZAR SI SE COLMAN SUS ELEMENTOS, AL MOMENTO DE RESOLVER SOBRE LA EXCEPCIÓN DE TRANSACCIÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE QUINTANA ROO).
De una interpretación sistemática al título vigesimotercero del Código Civil para el Estado de Quintana Roo, denominado "De las transacciones", así como de los diversos criterios emitidos por el Máximo Tribunal del País en las tesis de jurisprudencia 1a./J. 41/2000 y aislada, de rubros: "TRANSACCIÓN, CONTRATO DE. TIENE CALIDAD DE COSA JUZGADA Y ES PROCEDENTE SU EJECUCIÓN EN LA VÍA DE APREMIO." y "TRANSACCIÓN, CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE.", se advierte que los convenios transaccionales deben reunir las características siguientes: i) existencia de una relación jurídica –previa– litigiosa o controvertida sobre derechos dudosos; ii) intención de los contratantes de terminar el litigio o eliminar la controversia que haya surgido o pudiese surgir; y, iii) que ambas partes se hagan concesiones recíprocas. A su vez, en el mismo apartado normativo se prevé la vía de apremio para hacer valer lo establecido en dicho acuerdo de voluntades, y como una de las excepciones oponibles, la de transacción, la que aun aprobada judicialmente, puede ser rescindida y anulada de la misma manera que en un contrato, si no se cumple con las reglas generales que rigen en materia contractual; de ahí que si un contrato –arrendamiento–, se suscribe bajo la forma de una transacción, las reglas particulares –vía de apremio– de este último, no pueden ser aplicables, por lo que la procedencia de la acción debe ser analizada por el Juez de instancia; máxime si el demandado señala que no existió un documento base –previo–, que sirviera de sustento legal para el convenio transaccional. Por tanto, no puede surgir a la vida jurídica un convenio transaccional cuando una parte impone a la otra cargas, sin ánimo de transigir, utilizando la transacción para disimular un acto jurídico diverso y pretender aprovecharse de la vía preferente de apremio.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2018491-4d34963e/convenio-transaccional-el-juez-debe-analizar-si-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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